Pulsa «Intro» para saltar al contenido

Opinión: El que avisa es un traidor. Cazadores y ciclistas

El problema entre cazadores y el resto de colectivos que disfrutamos del campo (llámense senderistas, ciclistas, buscadores de setas etc…) es algo que comienza a enquistarse.

Llevamos tiempo viendo como desde la propia administración se aprueban leyes que favorecen la actividad cinegética en detrimento de la utilización de espacios naturales públicos para otras actividades.

Con este tipo de políticas está claro que no se pretende favorecer la convivencia, sino directamente echarnos a los que “sobramos” de ciertos espacios naturales.

Y es una pena porque la clave de esto es la convivencia, y tengo claro que hay muchos cazadores que viven en paz y armonía con el resto de usuarios del campo y también que hay cafres en bicicleta y a pie que se mete por sitios por los que no se debe de ir.

Pero hay que aprender a que el campo es de todos, y los caminos públicos son de todos y no podemos imponer la ley del más fuerte.

Por eso al ver esta imagen que han colgado los amigos de www.rutasmtbmurcia.com en la que se puede ver un cartel al margen de un camino público en el que se lee:

“ATENCIÓN ciclistas y senderistas va usted a circular por el interior de un coto privado de caza, la gestora del coto no se hace responsable de los accidentes que pudieran ocurrir por los disparos de armas de fuego que se realizan en la temporada de caza que acaba de comenzar.

La Dirección” y más abajo tras la imagen de una calavera continúa “Muy alto riesgo de ser alcanzado por disparos de arma de fuego. Abstenerse de circular por este camino de coto de caza de octubre a febrero” y para rematar este maravilloso texto, sentencia “¿¡Merece la pena jugarse la vida por hacer senderismo o ciclismo!? (La dirección del coto de caza)”

cartel que avisa a ciclistas del peligro de ir por un camino público

Un camino público puede adentrarse por un coto privado de caza, pero esto no exime al cazador de tener que cumplir la ley que versa sobre las “zonas de seguridad”, para los que no conocemos esta ley ,pongo aquí la parte que nos afecta con respecto a este caso.

:: REGLAMENTO DE LA LEY DE CAZA

Art. 14. De las Zonas de Seguridad.
1. Son Zonas de Seguridad aquéllas en las cuales deben adoptarse medidas precautorias especiales encaminadas a garantizar la adecuada protección de las personas y de sus bienes.
2. Se considerarán Zonas de Seguridad:
a) las vías y caminos de uso público;
b) las vías pecuarias;
c) las vías férreas;
d) las aguas públicas, incluidos sus cauces y márgenes;
e) los canales navegables;
f) los núcleos urbanos y rurales y las zonas habitadas y sus proximidades;
g) las villas, edificios habitables aislados, jardines y parques destinados al uso público;
h) los recintos deportivos; i) los demás lugares que sean declarados como tales en razón a lo previsto en el número anterior.

Art. 15. Del uso de armas de caza en las Zonas de Seguridad.

b) Caminos de uso público no comprendidos en el apartado anterior, vías férreas y canales navegables.–Se prohíbe el uso de armas de caza dentro de la Zona de Seguridad y en una faja de 25 metros de anchura que flanquee por derecha e izquierda a los terrenos incluidos en ella.

Es decir que aquel que genera el peligro es el que debe de andarse con mucho cuidado de provocar una desgracia por su mal uso de las armas de fuego, por mucho coto privado de caza que sea.

Este tipo de actitudes que desprenden cierto tufo a cacicada, no son de recibo y lo que debería de hacerse es sentar a todos los grupos que estamos implicados y dejarnos a todos bien claros nuestros derechos y obligaciones para después poder llegar a un acuerdo de respeto mutuo.

En navidad a mi también me gusta soñar.

Cartel en una vía de uso público, en la zona de Cañaverosa en Calasparra. ¿Qué os parece?

Geplaatst door rutasMTBmurcia op Woensdag 9 december 2015