Entre la Guardia Civil que no da una en redes sociales yendo en contra de los ciclistas y mandándoles fuera de la carretera, y la DGT que se inventa su propia normativa cuando le interesa, afirmando que si te multan circulando en bicicleta te van a quitar puntos del carnet de conducir, es el claro ejemplo de lo que vivimos a diario en España.
Lo último de la Dirección General de Tráfico en Twitter, es amenazar a los ciclistas con una multa de 200 euros y 3 puntos menos en el carnet de conducir si les pillan montando en bicicleta con los cascos o auriculares puestos.
La verdad que no sabemos si reír o llorar.
Está claro que montar con cascos o auriculares está totalmente prohibido manejando cualquier vehículo, sea un coche eléctrico, una moto, patinete, o como en este caso, una bicicleta.
ACTUALIZACIÓN:
La DGT se retracta en un mensaje confirmando que los ciclistas NO pierden puntos del carnet si son multados, aunque mantiene el mensaje anterior publicado donde afirmaba que sí supone perdida de puntos:
La multa es indiferente para cualquiera de ello, y según indica el reglamente, es de 200 euros.
Sí, te pueden multar por ir con auriculares o cascos de música montando en bicicleta, igual que si vas conduciendo un coche
El motivo de esta prohibición es lógico, aunque existan ciclistas y conductores que no les entra en la cabeza que es por su seguridad y la del resto de usuarios de la vía, incluidos peatones.
Muchos de los peligros y accidentes son evitables si prestamos atención escuchando qué ocurre a nuestro alrededor, aunque nunca debemos fiarnos solo de nuestro oído.
Con los cascos puestos te aíslas del entorno, incluso si tienes el volumen al mínimo, o incluso si los llevas para aparentar y apagados, una nueva moda esta también.
No, no te pueden quitar puntos del carnet de conducir cuando vayas en bicicleta
La multa te la pueden poner incluso si los cascos no tienen batería o están rotos.
Pero una cosa es una sanción o multa económica, y otra quitar puntos del carnet de conducir si nuestro vehículo es una bicicleta.
Solo te pueden quitar puntos del carnet de conducir si el vehículo que manejas requiere carnet de conducir. La bicicleta no lo requiere
Parece que lo que diga la DGT o la Guardia Civil debe ir a misa, y no sabemos cual es la intención final de estos mensajes erróneos, confusos y amenazadores en las redes sociales en contra de los ciclistas.
La propia normativa de la Dirección General de Tráfico desmiente sus mensajes en Twitter en contra de los ciclistas.
Si no manejas un vehículo para el que se requiera carnet de conducir o licencia, no te pueden quitar puntos. La bicicleta, a día de hoy (ejem…), no necesita carnet de conducir, por lo que nunca te podrán quitar ningún punto si cometes una infracción.
Multarte sí, y hasta retirarte la bicicleta si la autoridad lo estima.
Esto es lo que dice la normativa de la DGT sobre la retirada de puntos a los ciclistas en bicicleta:
«La pérdida de puntos únicamente se producirá cuando el hecho del que deriva la detracción de puntos se produce con ocasión de la conducción de un vehículo por el que se exige autorización administrativa para conducir.«
El mensaje en Twitter de la DGT afirmando que te pueden quitar puntos del carnet de conducir si te multan en bicicleta, continuará en las redes sociales como los de la Guardia Civil de por vida, sin rectificar ni pedir disculpas por dar información errónea.