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El Ministerio del Interior se ve obligado a aclarar la confusión de las bicicletas eléctricas

Debido al revuelo que se ha montado en torno a la ya famosa Instrucción 19/V-134 de la DGT, el Ministerio del Interior se ha visto forzado a emitir un comunicado aclarando de nuevo en que situación legal se encuentran las ebikes que todos conocemos.

Hoy tras leer la noticia a más de un usuarios y fabricantes de bicicletas eléctricas casi le da un infarto, ya se veían poniendo matriculas, teniendo que homologar y pasar ITV cada cuatro años a todas sus ebikes.

Esta mañana saltaba la liebre en varias webs del sector de las bicicletas, como es nuestro caso, al leer la Instrucción 19/V-134 emitida por la DGT se generó el malentendido porque no dejaba claro si se refería a todas las bicicletas del mercado. Cierto es que todos andamos con la mosca detrás de la oreja y tarde o temprano es más que probable que aparezca una regulación de este tipo que afecte directamente a las bicicletas de pedales con pedaleo asistido EPAC que son las que están equipadas con un motor eléctrico auxiliar, de potencia nominal continua máxima inferior o igual a 250W, básicamente las que más se ven y más se venden.

Tal ha sido la avalancha de criticas que se ha producido en torno a esta noticia, que primero AMBE tras ponerse en contacto con la DGT ha emitido un comunicado llamando a la calma. Posteriormente la DGT también ha ido anunciando a través de twitter que la información no era correcta y que emitiría un comunicado que publicó a media mañana. Y finalmente el Ministerio del Interior también se ha visto obligado a realizar una Instrucción aclaratoria para intentar apaciguar de nuevo las aguas.

De momento parece que nos salvamos de esta regulación, pero como alguno ha señalado no sabemos si esto no será un globo sonda de lo que se nos viene encima.

Este es el texto que ha enviado el Ministerio del Interior sobre el revuelo que se ha montado con las bicicletas eléctricas

Las bicicletas eléctricas con pedaleo asistido no requieren ni homologación ni matriculación para su circulación

Dirección General de Tráfico

Madrid, 31/05/2019

Instrucción aclaratoria

Ante la proliferación de ventas de vehículos de dos ruedas y la similar apariencia física entre bicicletas de pedales con pedaleo asistido y los ciclos de motor, así como las continuas consultas de entidades locales y particulares en relación a la obligación de matricular los ciclos de motor (categoría europea L1e-A), la DGT ha elaborado una instrucción en donde aclara  lo establecido en el Reglamento (UE) nº 168/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a las homologación y requisitos técnicos de los vehículos de la categoría L.

En primer lugar aclarar que las bicicletas de pedales con pedaleo asistido, conocidas como EPAC (Electronically Power Assisted Cycles) por sus siglas en inglés no están incluidas dentro de la clasificación de vehículos de la categoría L, por tanto no necesitan homologación ni matriculación.

Las bicicletas de pedaleo asistido se definen en el  mencionado Reglamento de la UE como: bicicletas de pedales con pedaleo asistido equipadas con un motor eléctrico auxiliar, de potencia nominal continua máxima inferior o igual a 250W, cuya potencia disminuya progresivamente y que finalmente se interrumpa antes de que la velocidad del vehículo alcance los 25km/h o si el ciclista deja de pedalear.

En ocasiones, en el mercado se pueden encontrar ciclos de similar apariencia estética que las EPAC, pero con prestaciones superiores que están catalogadas como vehículo a motor, pudiendo llegar a ciclomotores e incluso motocicletas, como por ejemplo los  ciclos de motor (categoría europea L1e-A)

Los vehículos L1e-A  sí  están incluidos en la categoría L1e de ciclomotores,  a diferencia de las EPAC, y por tanto, para autorizar su circulación,  deberán estar homologados y matriculados, así como  cumplir con el resto de las  obligaciones establecidas en el ordenamiento jurídico,  relativas al seguro obligatorio, cumplimiento de la frecuencia de inspección técnica, utilización  del casco,  titularidad del permiso de conducción  etc